Por Francisco Agüero Diciembre 8, 2011

La acusación de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) de la existencia de un cartel compuesto por productores de pollos y una asociación gremial revela a la ciudadanía el quiebre que se ha visto en los últimos dos años, tras el caso "farmacias", en la persecución de estos ilícitos.

El anuncio presidencial de revisar la legislación de la competencia obliga a mirar cómo se han desempeñado las instituciones del sistema de defensa de esta misma. La FNE cuenta con nuevas potestades desde octubre de 2009, precisamente para reforzar la investigación de carteles. Desde ese año, se ha enfocado principalmente a la persecución de conductas colusivas. El cambio se ha logrado porque la FNE ahora sí puede acceder a "pruebas duras" de esos acuerdos, logradas tras la interceptación de comunicaciones, allanamientos y, en menor medida, la delación de firmas integrantes de carteles.

¿Necesita la FNE más potestades? No necesariamente. Una encuesta efectuada por el Centro de Regulación y Competencia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile (RegCom) el año pasado a 70 abogados, reveló que éstos estiman que la FNE cuenta con facultades suficientes para descubrir la colusión.

Ahora bien, todos los esfuerzos de la FNE contra los carteles nunca serán suficientes. Ya hemos visto cómo algunos carteles han sido descubiertos, pero tal como la economía nacional, los carteles se irán sofisticando. Por lo mismo, su detección se volverá más difícil.

Delatar a un cartel puede tener efectos laborales y sociales para el personal de la empresa que lo haga. De hecho, hace un año, un ejecutivo de una cadena de farmacias afirmó que "los altos ejecutivos de Ahumada ni se atreverían a mandarnos sus currículum porque saben en el problema que nos metieron con la colusión". Si el costo de delatar es alto, ¿por qué hacerlo? Como ciertos acuerdos no serán rotos por la persecución de la FNE, debieran evaluarse incentivos económicos al empleado que individualmente aporte pruebas de un acuerdo ilegal.

Por otra parte, la posibilidad de que un delator sea perseguido penalmente, pese a quedar eventualmente exonerada la firma de una multa por infracción al DL 211, otorga incertidumbre al posible colaborador de la FNE. Lo anterior se agrava porque la delación es una decisión empresarial, no individual de sus empleados. Esto fomenta que un testigo se pueda desdecir, lo que afecta la eficacia de las políticas de detección de carteles. Por lo mismo, es necesario discutir la criminalización de carteles y la eximición de los colaboradores individuales de la FNE.

Finalmente, debe evaluarse hacer expedita la reparación a consumidores y competidores afectados por prácticas anticompetitivas, así como potenciales sanciones a los directores de empresas coludidas.

La complejidad que implica la persecución de carteles necesita de una consistente discusión de política pública que pondere todas las herramientas que permitan soluciones integrales. La experiencia indica que cuando las reglas abordan aspectos parciales terminan conspirando con el objetivo perseguido íntegramente.

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