JORGE BOFILL
Es cierto que, en apariencia, algunos delitos económicos son amenazados con penas relativamente bajas. Pero eso se debe fundamentalmente a que la sistemática de las penas viene sufriendo distorsiones desde hace rato, con leyes que, una y otra vez, las incrementan, como si para el legislador castigar -o, en rigor, amenazar con castigar- con cárcel, no fuera más complicado que una subasta pública, donde gana el que da más (el caso más reciente es la así llamada Ley Emilia).
Pero, aún así, eso no se puede predicar de todos los delitos económicos. Por ejemplo, los delitos contra el mercado de valores tienen penas bastante altas (hasta diez años de presidio), lo mismo algunos fraudes tributarios. Esas son penas iguales a las que el Código Penal contempla para hechos tan graves como la mutilación de un miembro importante a un ser humano.
Los verdaderos problemas son, a mi juicio, dos. El primero tiene que ver con el sistema de penas, cuyo principal defecto es que las penas “legales” (las que amenaza la ley) tienen muy poca relación con las penas “reales”. Ello obedece a dos razones. Por un lado, los rangos de penas establecidos en la ley son muchas veces extraordinariamente amplios, al punto que el rango inferior no tiene nada que ver con el superior. Por ejemplo, muchos delitos son amenazados con penas que van desde los 541 días a los diez años de presidio. ¿Cuál es el mensaje del legislador al juez en esos casos? ¿Es un delito grave (diez años) o no tanto (541 días)? Y, además, la ley establece que esas mismas penas pueden incrementarse o disminuirse de manera relevante, si se trata de delitos reiterados o si concurren dos o más atenuantes.
El segundo problema tiene que ver con una completa falta de actualización y de sistematización de la legislación penal en materia socioeconómica. La mayoría de los delitos más graves están regulados en distintas leyes especiales y el legislador jamás se ha preocupado de que esas leyes y el Código Penal contengan una regulación que haga sentido (Por ejemplo, el principal delito en el sistema bancario no es muy distinto de una estafa común y corriente del Código Penal). Y al mismo tiempo, se echan de menos figuras indispensables, como la administración desleal del patrimonio ajeno, que nunca han formado parte de nuestra legislación penal.
No es, entonces, necesario incrementar las penas. Sí lo es modificar el sistema de penas y sistematizar la legislación penal. Pero eso es harto más difícil que organizar una subasta.
JUAN PABLO HERMOSILLA
Nuestro sistema penal sanciona tanto el robo como la estafa, los fraudes tributarios y el tráfico de drogas, pero tiende a condenar más duramente a delincuentes que viven en los márgenes de nuestra sociedad. En cambio, los delitos cometidos por personas que se encuentran en el centro de los privilegios son sancionados de una forma bastante más benigna. Ejemplo de esto es el fraude tributario contenido en el art. 97 No 4 del Código Tributario, que tiene un tope de cinco años de privación de libertad, lo que permite que en general los condenados por este delito no cumplan su condena presos, con una mínima afectación de sus derechos. Esto contrasta con el tratamiento de quienes son sorprendidos vendiendo películas piratas, que sí son condenados tras las rejas por el delito de comercio clandestino, infracción a la ley de propiedad intelectual y evasión de impuestos. Esto implica un problema de equidad que debiera cambiar drásticamente.
Las penas para los delitos de cuello blanco debieran ser más altas. Así como los empresarios exigen del Estado seguridad y un sistema de salud y paz social, entre otros, también deben cumplir obligaciones: pagar sus impuestos para que el Estado funcione, se financie y atienda a los más débiles. Es mucho más reprochable que quienes han gozado de oportunidades no cumplan con lo mínimo que se les exige.
Además, es una fórmula que permitiría reducir la violencia social: los ciudadanos deben sentir que todos respondemos de forma igualitaria y que no hay grupos privilegiados frente a la política criminal.
Hay que subir las penas al que soborna a un funcionario público, al que comete un fraude tributario, al que infringe las regulaciones al mercado de valores, además de reinstaurar el delito antimonopólico. De lo contrario, el sistema penal pierde legitimidad y la paz social se erosiona.