Por quepasa_admin Agosto 22, 2013

El ingeniero comercial Rubén Caballero quería tener todos los antecedentes sobre el rendimiento educacional de su hija, que va en quinto básico. Recopiló datos para decidir si la cambiaba de colegio en Maipú y a cuál. Sin embargo, un dato le faltaba: cuál era el puntaje que obtuvo la estudiante en su prueba Simce de cuarto básico.

Lo que no se imaginó es que su búsqueda terminaría creando un nuevo precedente. Caballero solicitó el dato a la Agencia de Calidad de la Educación mediante la Ley de Acceso a la Información Pública. Y aunque la institución se lo negó inicialmente, el Consejo para la Transparencia obligó a la entidad, mediante un fallo, a que se lo otorgara, con una precaución: que los resultados sólo pueden ser entregados a los padres, y no a cualquiera que los solicite. “No resulta posible que un padre ejerza su labor de cuidado personal y crianza sin conocer la información educacional de su hija”, señala uno de los párrafos de la resolución, firmada el 14 de junio.

Caballero recibió de la agencia una curva con un rango estimado en el cual estaría el puntaje de su hija. Y el dato finalmente le permitió ratificar su decisión de a cuál colegio debía cambiar a su hija. “No es el único dato a considerar, pero es importante”, comenta.

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