Por Cecilia González Marzo 30, 2016

La querella del Servicio de Impuestos Internos (SII) contra Carlos Ominami, ex senador y ex ministro de Patricio Aylwin, llegó dos meses tarde. Así lo determinó el 8º Juzgado de Garantía de Santiago, que ayer sobreseyó de manera parcial la investigación en su contra por delitos tributarios en el marco del caso SQM por considerar que los delitos ya estaban prescritos, y por lo tanto, ya venció el plazo para perseguirlos penalmente.

No sólo se trata del primer revés que sufre la Fiscalía en el marco de las investigaciones por financiamiento ilegal a la política, sino que también es la primera muestra tangible del efecto que puede tener en el curso de la investigación el retraso de la presentación de querellas por parte del SII, el único organismo facultado para presentar acciones judiciales por delitos tributarios, y que ha sido fuertemente cuestionado desde que comenzaron la diligencias precisamente por la lentitud con que se han ejercido este poder.

Lo que pasó en el caso de Ominami fue lo siguiente: si bien la primera mención en su contra apareció el 30 de marzo de 2015 tras la declaración de Milton Lee, quien se había desempeñado como administrador electoral para su campaña senatorial de 2009, y en menos de una semana la Fiscalía ya había enviado todos los antecedentes al SII, no fue hasta el 30 de octubre –exactamente siete meses después–, que el organismo presentó una querella.

¿La razón de la demora? Efectivamente, el SII debe hacer una investigación interna antes de iniciar cualquier acción penal, lo que toma tiempo. Pero el verdadero retraso se debió a que el Servicio estuvo tres meses paralizado luego de que el gobierno pidiera la renuncia de su director, Michel Jorratt,  tras conocerse que había prestado servicios a Asesoría y Negocios, una de las empresas cuestionadas, y éste a su vez desvinculara al subdirector jurídico titular, Cristián Vargas. Semanas antes se había producido un quiebre entre ambos por diferencias en el manejo del caso: Vargas era de la idea de que ya habían suficientes antecedentes para querellarse, Jorratt no.

Ante este escenario, donde recién empiezan a sentirse las consecuencias de la acefalía que vivió el SII el año pasado, en el Ministerio Público ya encendieron las alarmas. Tanto la Fiscalía como el Servicio están analizando la situación del resto de los investigados para evitar que se repitan situaciones como las de Ominami.

Distintas interpretaciones

Tanto en el Ministerio Público como en el Servicio de Impuestos Internos han defendido los plazos con los que iniciaron las acciones legales, y con ese argumento buscarán enmendar la decisión del juzgado de garantían en la Corte de Apelaciones.

La última boleta emitida por Ominami a Alerce Talleres Gráficos –la empresa con que Milton Lee costeó los gastos de campaña del ex senador a cambio de facturas falsas que emitió a SQM–, data del 1 febrero de 2010. Estrictamente, los delitos tributarios prescriben en el plazo de 5 años, por lo que, siguiendo esa lógica, a partir del 2 de febrero de 2015 ya había vencido su persecución penal, incluso antes de que el Ministerio Público sospechara de su existencia.

Sin embargo, el artículo 10 del código penal establece que para realizar esta cuenta, juegan en contra los días en que el imputado estuvo fuera del país, ya que se puede suponer que está intentado eludir a la justicia. Así, la ley establece que “cuando el responsable se ausentare del territorio de la república nacional solo podrá prescribir la acción penal o la pena contando por uno cada dos días de ausencia para el computo de los años”.

Esto le daba a la Fiscalía un espacio para maniobrar, ya que según registros de la PDI, entre 2010 y 2015, Carlos Ominami estuvo 419 días lejos de Chile.

No obstante, es precisamente la interpretación de esta norma la que permitió el sobreseimiento del padre de Marco Enríquez-Ominami. Mientras el Ministerio Público sostiene que la cantidad de días se deben multiplicar por dos, y por lo tanto el plazo no habría prescrito, lo que hizo el Juzgado de Garantía fue dividirlo por dos, sumando 210 días a contar del 1 de febrero, lo que sitúa la fecha de vencimiento de los delitos en agosto del año pasado.

 

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